El visado de prácticas profesionales en España es una autorización pensada para estudiantes y recién titulados extranjeros que quieren completar su formación con una experiencia práctica en empresas, fundaciones o entidades de I+D+i del territorio español. En 2026, con la creciente demanda de talento internacional y el impulso del Reglamento de Extranjería aprobado por el Real Decreto 1155/2024, este permiso se ha consolidado como una de las vías más interesantes para iniciar una carrera profesional en España. En esta guía explicamos los requisitos, la duración, el procedimiento y los errores más habituales.
¿Qué es el visado de prácticas profesionales?
Se trata de una autorización de estancia o residencia que permite al extranjero realizar prácticas no laborales o formativas remuneradas en una entidad española, vinculadas a sus estudios o a una titulación universitaria, de Formación Profesional o de Enseñanzas Artísticas Superiores obtenida en los dos años anteriores a la solicitud.
Su marco legal está recogido en la Ley Orgánica 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros (LOEX) y, fundamentalmente, en los artículos relativos a las prácticas del nuevo Reglamento de Extranjería, que ha simplificado notablemente la tramitación respecto al antiguo Real Decreto 557/2011.
Tipos de prácticas que se pueden realizar
- Prácticas curriculares: aquellas que forman parte del plan de estudios del solicitante.
- Prácticas extracurriculares: complementarias a la formación, no obligatorias dentro del plan de estudios.
- Prácticas posteriores a la titulación: realizadas tras la obtención del título, dentro del plazo de dos años desde su finalización.
Importante: si las prácticas se desarrollan bajo una relación laboral plena, el extranjero deberá tramitar un permiso de trabajo por cuenta ajena o el visado adecuado a esa relación contractual, no un visado de prácticas.
Requisitos para el solicitante
Para acceder al visado de prácticas en España es necesario cumplir varios requisitos personales:
- Ser mayor de 18 años y estar en posesión de un pasaporte en vigor.
- Estar cursando estudios en el extranjero que conduzcan a un título oficial, o haber finalizado dichos estudios en los dos años anteriores.
- Disponer de un convenio o acuerdo de prácticas firmado con la entidad de acogida.
- Tener recursos económicos suficientes para su manutención (en 2026, se exige el equivalente al 100% del IPREM mensual durante toda la estancia).
- Contar con un seguro médico público o privado con cobertura completa en España.
- Carecer de antecedentes penales en España y en los países en los que haya residido en los últimos cinco años.
- No encontrarse en situación irregular ni tener prohibida la entrada en España.
Requisitos de la entidad de acogida
La empresa, fundación, universidad o centro de I+D+i debe acreditar:
- Estar legalmente constituida e inscrita en el registro correspondiente.
- Encontrarse al corriente de pago con la Tesorería General de la Seguridad Social y con la Agencia Tributaria.
- Suscribir un convenio de prácticas que detalle el contenido formativo, las funciones, la duración, el horario, las condiciones de la contraprestación económica y el tutor designado.
Duración del visado de prácticas
El permiso se concede inicialmente por la duración del convenio, con un máximo de seis meses. Puede prorrogarse por periodos sucesivos de hasta doce meses, sin que la estancia total supere los dos años. Si las prácticas se realizan dentro de una titulación universitaria oficial, la duración puede ajustarse al calendario académico.
Procedimiento de solicitud
1. Solicitud de la autorización previa
La entidad de acogida presenta la solicitud de autorización inicial ante la Oficina de Extranjería de la provincia donde vayan a realizarse las prácticas. Desde 2025, la mayoría de oficinas exigen la tramitación electrónica a través de la plataforma Mercurio.
2. Solicitud del visado en el consulado
Una vez concedida la autorización, el solicitante dispone de un mes para presentar la solicitud de visado en el consulado o embajada de España de su país de residencia, aportando el documento de concesión, el pasaporte, el seguro médico, el certificado de antecedentes penales apostillado y traducido, y el justificante del abono de la tasa modelo 790, código 052.
3. Entrada en España y solicitud de la TIE
Tras la concesión del visado, el extranjero dispone de tres meses para entrar en España. Si la estancia supera los seis meses, debe solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en el plazo de un mes desde su entrada.
Plazos y silencio administrativo
La Administración tiene un mes para resolver la autorización inicial. Transcurrido ese plazo sin respuesta expresa, opera el silencio administrativo negativo, por lo que se entenderá desestimada. Frente a esa desestimación puede interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo en dos meses.
Conversión en otros permisos
Uno de los aspectos más atractivos del visado de prácticas es que permite modificar la situación al finalizar la formación. El titular puede solicitar:
- Una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena si recibe una oferta de empleo.
- Una autorización de residencia por cuenta propia si va a desarrollar una actividad como autónomo.
- El visado de búsqueda de empleo, que permite permanecer en España un máximo de doce meses para buscar trabajo en su campo formativo.
Tasas y costes en 2026
- Tasa por autorización de prácticas (modelo 790, código 052): aproximadamente 76 €.
- Tasa por expedición del visado en consulado: 80 € (importes variables según país).
- Tasa por expedición de la TIE: alrededor de 16 €.
Errores frecuentes que conviene evitar
- Solicitar el visado fuera del plazo de dos años tras finalizar los estudios: causa habitual de denegación.
- Aportar un convenio de prácticas que en realidad encubre una relación laboral.
- Presentar antecedentes penales sin apostilla de La Haya o sin traducción jurada.
- No acreditar de forma documental los medios económicos exigidos.
- Olvidar tramitar la TIE dentro del plazo legal una vez en España.
Conclusión
El visado de prácticas profesionales es una excelente puerta de entrada al mercado laboral español para titulados extranjeros, especialmente tras la simplificación introducida por el nuevo Reglamento de Extranjería. Permite combinar formación y experiencia, ofrece una vía clara hacia la residencia y el trabajo, y resulta atractivo tanto para el aspirante como para las empresas españolas que buscan talento internacional. No obstante, la documentación es exigente y los plazos son estrictos, por lo que contar con asesoramiento legal especializado evita errores y agiliza notablemente el procedimiento.
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