Obtener la nacionalidad española por residencia es el objetivo final de muchos extranjeros que han construido su vida en España. Este proceso, regulado por el Código Civil y la Ley 20/2022 de Memoria Democrática, permite adquirir la ciudadanía española tras un período de residencia legal y continuada en el país. En esta guía te explicamos todo lo que necesitas saber en 2026.
¿Qué es la nacionalidad española por residencia?
La nacionalidad por residencia es una forma de adquisición derivativa de la ciudadanía española. A diferencia de la nacionalidad por origen (nacimiento), esta vía requiere que el solicitante haya residido en España de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud durante un período determinado.
Una vez concedida, el beneficiario obtiene los mismos derechos que cualquier ciudadano español: derecho a voto, libre circulación por la UE, acceso a empleo público y protección consular en el extranjero.
Plazos de residencia según tu situación
El plazo general es de 10 años de residencia legal y continuada, pero existen importantes excepciones que reducen significativamente este período:
5 años de residencia
- Personas que hayan obtenido la condición de refugiado en España.
2 años de residencia
- Nacionales de países iberoamericanos (Argentina, Colombia, Ecuador, Venezuela, Perú, México, etc.).
- Nacionales de Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial y Portugal.
- Personas de origen sefardí.
1 año de residencia
- Personas nacidas en territorio español.
- Personas casadas con ciudadano/a español/a (sin estar separados legalmente).
- Viudos/as de español/a, si no existía separación legal al fallecer el cónyuge.
- Personas nacidas fuera de España de padre o madre (originariamente españoles), abuelo o abuela que fueron españoles de origen.
- Personas sujetas a tutela, guarda o acogimiento de un ciudadano español durante dos años consecutivos.
Requisitos para solicitar la nacionalidad española por residencia
Además del plazo de residencia, deberás cumplir los siguientes requisitos:
1. Residencia legal y continuada
Debes haber residido en España con autorización de residencia válida durante todo el período exigido. Las ausencias prolongadas pueden interrumpir el cómputo. Se considera que la residencia no es continuada si has pasado más de 6 meses fuera de España en un mismo año.
2. Buena conducta cívica
No tener antecedentes penales en España ni en tu país de origen. Se valora que no existan circunstancias que evidencien falta de adaptación a las costumbres y cultura españolas.
3. Suficiente grado de integración en la sociedad española
Este requisito se acredita superando dos pruebas obligatorias ante el Instituto Cervantes:
- Prueba CCSE (Conocimientos Constitucionales y Socioculturales de España): examen de 25 preguntas sobre la Constitución, organización territorial, cultura y sociedad española. Se necesita un mínimo de 15 respuestas correctas.
- Prueba DELE A2 (o superior): acredita el conocimiento del idioma español. Los nacionales de países hispanohablantes están exentos de esta prueba.
4. Documentación necesaria
Para completar tu solicitud necesitarás:
- Certificado de nacimiento del país de origen, legalizado o apostillado y traducido por traductor jurado si no está en español.
- Pasaporte completo en vigor (todas las páginas).
- Tarjeta de identidad de extranjero (TIE) en vigor.
- Certificado de empadronamiento histórico.
- Certificado de antecedentes penales del país de origen (legalizado/apostillado y traducido).
- Certificado de antecedentes penales español (se solicita de oficio).
- Diploma DELE A2 y certificado CCSE del Instituto Cervantes.
- Certificado de matrimonio o libro de familia (si aplica el plazo reducido de 1 año).
- Justificante del pago de la tasa: 104,05 € (modelo 790, código 026).
Proceso paso a paso para solicitar la nacionalidad
Paso 1: Preparar y aprobar las pruebas del Instituto Cervantes
Inscríbete en las convocatorias del DELE A2 y la prueba CCSE a través de la web del Instituto Cervantes. Las convocatorias se realizan varias veces al año en diferentes ciudades de España y en el extranjero.
Paso 2: Reunir toda la documentación
Solicita tu certificado de nacimiento y antecedentes penales con suficiente antelación. Recuerda que los documentos extranjeros deben estar legalizados o apostillados según el Convenio de La Haya.
Paso 3: Presentar la solicitud telemáticamente
Desde 2022, la solicitud se presenta exclusivamente de forma telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia. Necesitarás certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve permanente.
Paso 4: Esperar la resolución
El plazo legal de resolución es de 1 año desde la presentación de la solicitud. Si transcurre este plazo sin respuesta, se entiende desestimada por silencio administrativo negativo. En la práctica, los plazos pueden variar significativamente.
Paso 5: Jurar o prometer fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución
Una vez concedida, deberás acudir al Registro Civil para realizar el juramento o promesa de fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y las leyes españolas. Este trámite es obligatorio y debe realizarse en un plazo de 180 días desde la notificación.
Paso 6: Inscripción en el Registro Civil
Tras el juramento, se procede a la inscripción de nacimiento en el Registro Civil español, momento en el que adquieres formalmente la nacionalidad española.
¿Puedo mantener mi nacionalidad de origen?
España permite la doble nacionalidad con los siguientes países: todos los países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial y Portugal. Si eres nacional de alguno de estos países, no perderás tu nacionalidad de origen al adquirir la española.
Para los nacionales de otros países, en principio se exige la renuncia a la nacionalidad anterior ante el encargado del Registro Civil. Sin embargo, algunos países no reconocen dicha renuncia, por lo que en la práctica podrías mantener ambas.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si me deniegan la solicitud?
Puedes interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de 2 meses desde la notificación de la denegación. También existe la posibilidad de solicitar la revisión del expediente.
¿Cuenta el tiempo con permiso de estancia por estudios?
No. Solo computa el tiempo de residencia legal, no las estancias por estudios, salvo que posteriormente se haya modificado a un permiso de residencia.
¿Puedo solicitar la nacionalidad si tengo arraigo social?
Sí, el tiempo con autorización de residencia por arraigo social computa para la nacionalidad, siempre que se cumplan los plazos requeridos y se hayan mantenido las renovaciones sin interrupciones.
¿Por qué contar con un abogado de extranjería?
El proceso de obtención de la nacionalidad española puede ser complejo y cualquier error en la documentación o en los plazos puede retrasar o frustrar tu solicitud. Un abogado especializado en extranjería puede:
- Verificar que cumples todos los requisitos antes de iniciar el trámite.
- Preparar y revisar toda la documentación necesaria.
- Presentar la solicitud telemática correctamente.
- Realizar seguimiento del expediente y resolver incidencias.
- Interponer recursos en caso de denegación.
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