El visado para nómadas digitales en España
La Ley de Startups aprobada en 2022 introdujo el esperado visado para nómadas digitales, permitiendo a trabajadores remotos de fuera de la UE residir legalmente en España mientras trabajan para empresas extranjeras.
¿Quién puede solicitar este visado?
El visado está dirigido a:
- Trabajadores por cuenta ajena que teletrabajan para empresas fuera de España
- Profesionales autónomos con clientes mayoritariamente extranjeros
- La relación laboral debe tener al menos 3 meses de antigüedad
- Los ingresos deben proceder principalmente de fuera de España
Requisitos económicos
Debes demostrar ingresos suficientes:
- Mínimo: 200% del SMI mensual (aproximadamente 2.500€/mes en 2025)
- Estos ingresos deben ser regulares y demostrables
- Se pueden sumar los ingresos del cónyuge/pareja e hijos
Documentación necesaria
- Pasaporte con validez mínima de 1 año
- Certificado de antecedentes penales
- Seguro médico privado con cobertura completa en España
- Contrato de trabajo o prueba de actividad profesional
- Extractos bancarios de los últimos 3-6 meses
- Titulación universitaria o experiencia profesional (3 años mínimo)
- Formulario de solicitud
Ventajas del visado de nómada digital
- Duración: Hasta 1 año inicial, renovable hasta 5 años
- Régimen fiscal especial: Posibilidad de acogerse al régimen de impatriados (Ley Beckham)
- Familiares: Permite traer a cónyuge e hijos dependientes
- Flexibilidad: No requiere residencia continua en España
- Schengen: Permite viajar libremente por el espacio Schengen
Proceso de solicitud
Desde fuera de España:
- Solicitar visado en el Consulado español de tu país
- Plazo de resolución: 10-20 días hábiles
- Una vez en España, solicitar el TIE en 30 días
Desde dentro de España (si tienes estancia legal):
- Solicitar directamente la autorización de residencia
- Presentar en la Oficina de Extranjería
- Plazo de resolución: 20 días hábiles
Régimen fiscal para nómadas digitales
Una de las mayores ventajas es la posibilidad de tributar bajo el régimen especial de impatriados, que permite:
- Tributar como no residente durante 6 años
- Tipo fijo del 24% sobre los primeros 600.000€
- Solo tributar por rentas obtenidas en España