La Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) es el documento que acredita la identidad y la situación administrativa de las personas extranjeras que residen legalmente en España. Sin ella resulta muy difícil trabajar, abrir una cuenta bancaria, firmar un contrato de alquiler o pasar un control policial con tranquilidad. Por eso, un robo, un extravío o simplemente un desgaste excesivo de la tarjeta generan una preocupación inmediata. La buena noticia es que existe un procedimiento específico y relativamente sencillo para reponerla: la solicitud de duplicado. En esta guía, actualizada a 2026, explicamos cuándo procede, qué papeles hacen falta y cómo evitar los errores más habituales.
Duplicado, renovación y primera expedición no son lo mismo
Antes de pedir cita conviene tener clara la diferencia, porque elegir mal el trámite es la causa más frecuente de que se pierda una cita previa que ha costado semanas conseguir.
- Duplicado: la autorización de residencia sigue vigente, pero el soporte físico ha desaparecido o ya no sirve. No se revisa el fondo del expediente, solo se reexpide la tarjeta.
- Renovación: lo que caduca es la autorización de residencia o de residencia y trabajo, no solo el plástico. Aquí sí se vuelven a examinar los requisitos.
- Primera expedición: es la toma de huellas inicial tras la concesión de una autorización nueva.
Un detalle importante: si tu tarjeta está a punto de caducar porque también caduca la autorización, no pidas un duplicado, sino la renovación. El duplicado no prolonga la vigencia de nada; la nueva tarjeta se expide con la misma fecha de caducidad que tenía la anterior.
Cuándo procede solicitar un duplicado
El Reglamento de Extranjería contempla la expedición de un duplicado en varios supuestos:
- Robo o pérdida de la tarjeta.
- Destrucción o deterioro que impida su uso normal: rotura, borrado del chip, fotografía ilegible o desprendimiento del laminado.
- Cambio de los datos que figuran en la tarjeta, como el domicilio o el estado civil, cuando el interesado quiere que consten actualizados.
- Errores en los datos impresos imputables a la Administración, supuesto en el que normalmente no procede abonar de nuevo la tasa.
El primer paso tras un robo: la denuncia
Si la tarjeta ha sido sustraída, lo primero es interponer denuncia ante la Policía Nacional o la Guardia Civil, presencialmente o por la vía telemática habilitada para determinados delitos. La denuncia cumple dos funciones: acredita ante la Administración que la desaparición no es imputable a un uso negligente y, sobre todo, protege frente a una posible suplantación de identidad si un tercero intenta utilizar el documento.
En los casos de simple extravío, sin indicios de delito, no siempre es obligatoria la denuncia, pero la mayoría de las Oficinas de Extranjería y comisarías piden una declaración de pérdida o admiten una declaración responsable del interesado. Aportarla evita discusiones el día de la cita.
Documentación necesaria
Con carácter general, para el duplicado de la TIE se exige:
- Modelo oficial EX-17, debidamente cumplimentado y firmado, marcando la casilla correspondiente al duplicado y el motivo.
- Pasaporte o título de viaje en vigor, original y copia de las páginas con datos personales.
- Denuncia o declaración de pérdida, robo, destrucción o inutilización del documento anterior.
- Una fotografía reciente en color, tamaño carné, con fondo blanco y sin gafas de cristales oscuros.
- Justificante del abono de la tasa, modelo 790 código 012, en su apartado de duplicado de tarjeta.
- Resolución de concesión de la autorización vigente, si se dispone de ella, o cualquier documento que permita localizar el expediente (número de expediente, NIE).
- Si el motivo es un cambio de domicilio, certificado de empadronamiento actualizado.
- En caso de deterioro, la tarjeta antigua, que se entrega para su destrucción.
Cómo se tramita paso a paso
- Pago de la tasa 790-012 a través de la sede electrónica o en cualquier entidad bancaria colaboradora. Conserva el ejemplar sellado.
- Cita previa por internet, en el portal de cita previa de extranjería, seleccionando la provincia y el trámite de Policía - Toma de huellas (expedición de tarjeta) y renovación de tarjeta de larga duración.
- Comparecencia personal en la Oficina de Extranjería o comisaría el día señalado, con toda la documentación original. El trámite es personal e indelegable, salvo menores o personas con la capacidad modificada judicialmente.
- Toma de huellas y entrega del resguardo de solicitud.
- Recogida de la tarjeta, transcurrido el plazo indicado, normalmente entre treinta y cuarenta y cinco días, aunque varía mucho según la provincia.
Plazos, coste y qué ocurre mientras esperas
La solicitud debe presentarse, con carácter general, en el plazo de un mes desde que se produce el hecho que la motiva. Presentarla más tarde no suele impedir la expedición del duplicado, pero deja al interesado en una situación incómoda si es objeto de un control policial.
El importe de la tasa de duplicado es reducido en comparación con otros trámites de extranjería y se actualiza periódicamente, por lo que conviene comprobarlo en la sede electrónica antes de pagar. Durante la tramitación, el resguardo de la solicitud junto con el pasaporte permite acreditar la situación de residencia dentro de España, pero no es un documento de viaje: no habilita para salir y volver a entrar en territorio español. Quien necesite viajar en ese periodo debe valorar la solicitud de una autorización de regreso.
Errores frecuentes que conviene evitar
El primero es confundir duplicado con renovación, como ya hemos señalado. El segundo es acudir a la cita sin los originales, confiando en que bastarán las copias. El tercero es no denunciar el robo y descubrir meses después que el documento se ha utilizado de forma fraudulenta. Y el cuarto, muy común, es dejar pasar el tiempo: quien vive sin tarjeta durante meses se expone a problemas laborales, bancarios y administrativos que se resuelven con un trámite de coste modesto.
Mención aparte merecen los supuestos en los que, al pedir el duplicado, la Administración detecta que la autorización subyacente está caducada o extinguida. En esos casos el expediente puede derivar hacia una renovación fuera de plazo o incluso hacia un procedimiento sancionador, escenarios en los que resulta muy recomendable contar con asesoramiento jurídico antes de comparecer.
Conclusión
Reponer la TIE tras un robo, una pérdida o un deterioro es un trámite accesible siempre que se identifique correctamente el procedimiento, se reúna la documentación completa y se actúe con rapidez. La denuncia inmediata, el pago de la tasa adecuada y una cita previa bien seleccionada resuelven la inmensa mayoría de los casos sin mayores complicaciones.
Si tu situación presenta alguna particularidad —la autorización está próxima a caducar, necesitas viajar durante la tramitación o la Oficina de Extranjería te ha planteado objeciones—, en Abogadoz puedes contactar con abogados especializados en extranjería que analizarán tu caso y te acompañarán en el trámite.